La Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid ha autorizado a Bureau Veritas como entidad especializada en auditoría del sistema de prevención de riesgos laborales en ámbito nacional. Esta autorización permite a Bureau Veritas analizar y evaluar los sistemas de prevención de las empresas en España que cuenten con servicio o departamento de prevención de riesgos laborales. La auditoría de una parcela de la gestión empresarial como el sistema de prevención implica avanzar hacia un sistema normalizado minimizando las posibles disconformidades. Basada en una evaluación sistemática, documentada y objetiva, la auditoría de Bureau Veritas puede ayudar a las empresas a diseñar líneas de mejora que perfeccionen su acción frente a los accidentes y enfermedades profesionales. Según recoge la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, toda empresa que gestione con recursos propios o ajenos y no haya concertado el servicio de prevención con una entidad especializada deberá someter su sistema de prevención al control de una auditoria o evaluación externa. Quedan exentas por ley “las empresas de hasta 6trabajadores cuyas actividades no estén catalogadas como de especial riesgo”. Entre los aspectos que se someten a auditoría están la organización de la prevención y su integración en el conjunto de actividades y decisiones de la empresa; la evaluación de riesgos y su aplicación a la totalidad de los puestos y trabajadores; los equipos de trabajo y las medidas de protección colectiva; los equipos de protección individual; la adecuación de la formación en materia de prevención que reciben los trabajadores; el establecimiento de los cauces que permitan la información de los riesgos, así como la consulta y participación de los trabajadores; los programas de vigilancia de la salud y los controles activos y reactivos sobre la seguridad y salud de los trabajadores. Finalmente, como empresas autorizada, Bureau Veritas emite un informe de conclusiones sobre la eficacia del sistema que la empresa auditada debe mantener a disposición de la autoridad laboral competente y de los representantes de los trabajadores. Recientemente, el Real Decreto 64/2006 ha establecido que la primera auditoria del sistema de prevención de la empresa debe llevarse a cabo dentro de los doce meses siguientes al momento en que se disponga de la planificación de la actividad preventiva. Esta norma también ha acortado los tiempos para volver a efectuar las auditorías, estableciendo una periodicidad de 2 ó 4 años según el tipo de empresa.  |